La Ley 21.561, conocida como Ley de 40 Horas, reduce la jornada laboral de forma gradual: partió en 45 horas, bajó a 44 en abril de 2024 y, desde el 26 de abril de 2026, la jornada ordinaria máxima es de 42 horas semanales, en camino a las 40 horas hacia 2028.
Dos puntos que generan dudas en los dueños de pyme. Primero: el sueldo no se reduce. La ley es explícita en que rebajar la jornada no puede significar rebajar la remuneración. Segundo: hay que ajustar la distribución horaria. En una jornada de lunes a viernes, por ejemplo, hay que recortar las dos horas repartiéndolas en la semana, o concentrarlas con acuerdo. Lo que se trabaje por sobre las 42 horas pasa a ser hora extraordinaria, con su recargo legal.
El riesgo concreto para una pyme no es la rebaja en sí, sino no haber actualizado los contratos y los registros de asistencia. Un contrato que aún dice 44 o 45 horas, o un control horario mal llevado, es justo lo que la Dirección del Trabajo revisa en una fiscalización.
Esto es exactamente del tipo de detalle que parece menor hasta que llega una multa. En Cintax revisamos tus contratos, tu distribución de jornada y tus registros para dejarlos al día con la ley vigente.
Si no estás seguro de cumplir, conversémoslo antes de que lo pregunte un fiscalizador →
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